MUGEJU



INFORMACIÓN PARA LA AFILIACIÓN DE FUNCIONARI@S DE NUEVO INGRESO


 
ALTA DE TITULARES:

La incorporación como Personal al Servicio de la Administración de Justicia conlleva
la AFILIACIÓN OBLIGATORIA a la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), que
tiene como finalidad gestionar y prestar de forma unitaria para todos los miembros de las
carreras, cuerpos y escalas de la Administración de Justicia, para los funcionarios en
prácticas al servicio de dicha Administración y para los Letrados de carrera que integran
el Cuerpo de Letrados del Tribunal Constitucional, los mecanismos de cobertura del
Sistema de Mutualismo Judicial establecidos en el texto refundido de las disposiciones
legales vigentes sobre el Régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio
de la Administración de Justicia.
Puede consultar la información completa acerca de las prestaciones de MUGEJU
en http://www.mugeju.es/index.php/prestaciones y los convenios y ofertas para
mutualistas en http://www.mugeju.es/convenios-y-ofertas

Procedimiento de afiliación:
De acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el alta en MUGEJU del
personal funcionario de nuevo ingreso se realizará a través de medios telemáticos,
evitando así la presentación de impresos en soporte papel, tal y como se explica a
continuación:
 MUGEJU ha desarrollado una aplicación en su sede electrónica para dar de alta
por medios telemáticos al personal funcionario de nuevo ingreso.
 Finalizados los procesos selectivos, el Ministerio de Justicia facilita a MUGEJU
los datos del personal funcionario de nuevo ingreso.
 Estos datos se cargan en la aplicación, iniciándose así el proceso de alta.
 El personal funcionario de nuevo ingreso recibe un correo electrónico en el que
se le facilitan las credenciales y la ruta de acceso a la aplicación, junto con la
información del procedimiento.
 El personal funcionario accede a esta aplicación y completa el proceso de alta,
que consiste en revisar los datos que se muestran y cumplimentar aquellos campos
que aparezcan en blanco.
 Finalizado el proceso de alta con éxito, la información queda registrada en nuestra
base de datos.
 El sistema genera automáticamente un documento acreditativo de alta en la
mutualidad, así como una solicitud del talonario de recetas propio de este
Régimen Especial que le será remitido al domicilio particular que haya hecho
constar.



CIERRE TEMPORAL DE LA DELEGACIÓN DE VALENCIA

CIERRE TEMPORAL DE LA DELEGACIÓN DE VALENCIA

Por cuestiones sanitarias, de salud pública, esta Delegación permanecerá cerrada hasta el día 13 de agosto de 2021.

Para la atención no presencial a los mutualistas se facilita el teléfono de la sede central de la MUGEJU en Madrid: 91 586 0300, al que se podrán dirigir para solicitar cualquier información o trámite.

Para las gestiones o actuaciones que deban efectuarse de forma presencial, podrán acudir a las Delegaciones más próximas de la propia Comunidad Autónoma:

Castellón: a partir del día 2 de agosto, con sede en la Ciudad de la Justicia, Bulevar Blasco Ibáñez nº 10, 2ª planta, teléfono: 964 232 080
Alicante: hasta el día 30 de julio de 2021 en horario de 8 a 9 y a partir del 2 de agosto en horario de 14 a 15 horas, en la Delegación situada en el Palacio de la Justicia en C/ Pardo Gimeno nº 43, 2ª planta, teléfono 965 169 873/651 488 159.

 


CERTIFICADO DE VACUNACIÓN COVID19

Certificados De Vacunación Por COVID19
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El sistema de información del Ministerio de Sanidad sobre vacunación Covid 19, REGVACU, y otras plataformas relacionadas permiten ya, con adelanto a la fecha marcada por el reglamento de la Unión Europea, la emisión de certificados de vacunación, pruebas y recuperación, también llamado certificado verde digital de la Unión Europea, válido en el ámbito internacional.

El Ministerio de Sanidad ya ha habilitado un acceso al certificado digital Covid, que puede obtenerse con cl@ve , certificado digital o DNI.

Por el momento, dichos certificados o justificantes deben solicitarse a las autoridades de salud pública si se precisan, esto es, a las comunidades autónomas, que son las responsables de administrar dicha vacuna. Puede averiguar en qué comunidades los mutualistas pueden ya obtener justificantes a demanda pulsando en el siguiente enlace.

ENLACE SOLICITUD ELECTRÓNICA MINISTERIO DE SANIDAD:  https://cvd.sanidad.gob.es/cvdcovid/cvdcovid-formulario/index.xhtml

ENLACE PREGUNTAS/RESPUESTAS MINISTERIO DE SANIDAD: https://sede.mscbs.gob.es/ccd/faq.htm

En cualquier caso, MUGEJU no tiene competencia en la materia ni puede emitir este tipo de certificados, por no poder certificar lo que no está bajo su competencia.

Para más información sobre el certificado verde digital europeo, que según la información del Gobierno no será necesario para viajar pero sí facilitará la libertad de circulación en el ámbito de la UE, pulse en el siguiente enlace .

En España, el certificado será emitido tanto por el Ministerio de Sanidad como por las comunidades autónomas en formato papel o digital. Su fecha de lanzamiento prevista es el 1 de julio, que es cuando entra en vigor el Reglamento que le da soporte jurídico al documento, aunque tanto el Ministerio como gran parte de las comunidades están ya proporcionando dicho certificado, al menos en formato digital.



MEMORIA ANUAL 2020

Aprobación memoria año 2020

En la Comisión Rectora del pasado día 2 de junio de 2021 quedó aprobada la memoria anual del año 2020.

Se puede consultar el documento aprobado en la sección de “Memorias” de la página web de MUGEJU.




RECETA ELECTRÓNICA INTEROPERABLE

RECETA ELECTRÓNICA INTEROPERABLE

Los mutualistas que han elegido la prestación de Asistencia Sanitaria con los Servicios Públicos de salud de las siguientes Comunidades Autónomas tienen receta electrónica interoperable (ordenadas por fecha de alfabético):

Andalucía
Aragón
Asturias
Cantabria
Islas Baleares
Islas Canarias
La Rioja
Madrid
Murcia
Navarra
País Vasco
Valencia
La interoperabilidad supone la posibilidad de que un mutualista de una Comunidad Autónoma pueda obtener sus medicamentos con su receta electrónica en otro territorio al que se haya desplazado por cualquier motivo.

A continuación, se indica el link de la página Web del Ministerio de Sanidad dónde se sitúa el mapa que recoge las CCAA que tienen abierta la interoperabilidad de la receta electrónica para las mutualidades con provisión pública, a tiempo real:

https://www.mscbs.gob.es/profesionales/recetaElectronicaSNS/MAPA_RESNS_MUTUALIDADES.pdf


PROGRAMA DE VACUNACIÓN

PROGRAMA DE VACUNACIÓN

COMUNIDAD VALENCIANA (Pulse en el siguiente enlace )

En coordinación con su Mutualidad, el Nº SIP está siendo enviado por la Generalidad Valenciana (GVA) a todos los mutualistas de entidad concertada, por SMS.

Respecto al uso del SIP en la Comunidad Valenciana, debe saber que:

No cambia nada en cuanto su asistencia sanitaria, pública o privada.

Será necesario para cualquier prestación asociada a la Pandemia COVID19 en la red Sanitaria pública. 

No altera la planificación de la vacuna ni significa que su vacunación sea inminente.

Si ya tenía un nº SIP asignado, sigue siendo válido.

De forma paralela, la Mutualidad General Judicial ha incluido este código en su Sistema de Información y ha publicado un nuevo servicio en nuestra Sede electrónica para que los mutualistas con entidad concertada privada puedan consultar su código identificativo personal autonómico (denominado SIP por la Comunidad Valenciana).

Se puede acceder a este servicio de la Mutualidad pulsando en el siguiente enlace .

El servicio lo pueden usar tanto mutualistas titulares, como los beneficiarios mayores de edad, identificándose con su DNI y su número de afiliación a MUGEJU. Los mutualistas beneficiarios que no dispongan de DNI podrán obtener el código mediante la consulta del mutualista titular del que dependen.

La información también será visible a través del Portal del Mutualista en el apartado de “Datos Personales” bajo el nombre de CIP Autonómico.


DECLARACIÓN RESPONSABLE VACUNACIÓN

Trámite on-line para presentar declaración responsable vacunación personas de muy alto riesgo


Ya está disponible en la Sede Electrónica de MUGEJU el trámite on-line para la presentación de la declaración responsable vacunación personas de muy alto riesgo. Se puede acceder en este enlace:

https://sedemugeju.gob.es/declaracion-covid

Pueden encontrar más información sobre este tema en esta noticia:

https://www.mugeju.es/noticias/2021-04/declaracion-responsable-vacunacion-personas-de-muy-alto-riesgo

 


DECLARACIÓN RESPONSABLE VACUNACIÓN PERSONAS DE MUY ALTO RIESGO

DECLARACIÓN RESPONSABLE VACUNACIÓN PERSONAS DE MUY ALTO RIESGO

Declaración responsable vacunación personas de muy alto riesgo
Como continuación de la comunicación del pasado día 9 de abril, se ha definido el procedimiento de actuación para recopilar los datos precisos de aquellos mutualistas y
beneficiarios que se deben tener en cuenta en la priorización de la vacunación, conforme a las condiciones descritas en el apartado quinto del documento de Estrategia de vacunación frente a COVID-19 en España, de fecha 30/03/2021, en el que se relacionan las personas que tienen un mayor riesgo de enfermedad grave y muerte ante una infección por SARS-CoV 2.

Este procedimiento está incluido en el Plan de actuación que la MUGEJU ha elaborado para colaborar con las autoridades sanitarias correspondientes, facilitando la
identificación de los mutualistas y beneficiarios que se encuentren en esta situación de muy alto riesgo.

Los mutualistas y beneficiarios incluidos en este grupo de alto riego deberán cumplimentar la declaración responsable que se acompaña y hacerla llegar a la MUGEJU, lo antes posible y por la vía más rápida, por alguno de los siguientes medios:

Presencialmente, en la sede central de MUGEJU o en cualquier Delegación Provincial.
Por correo electrónico: mugeju@justicia.es .
Por fax: 91 435 63 61.
Por correo postal dirigido a la sede central de MUGEJU.
A través de la sede electrónica, cuyo trámite se habilitará en breve plazo, tras los desarrollos tecnológicos oportunos.
Este plan de actuación de la MUGEJU no impide que las autoridades sanitarias competentes de cada Comunidad Autónoma puedan contactar directamente con los
mutualistas o beneficiarios comprendidos en este grupo calificado de alto riesgo.

MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE GRUPOS DE RIESGO PARA ACCESO A VACUNACIÓN COVID-19


ESTRATEGIA DE VACUNACION COVID-19

ESTRATEGIA DE VACUNACION COVID-19

A fin de destacar los aspectos de interés general sobre la vacunación para los afiliados a MUGEJU se informa:

El Ministerio de Sanidad es el que establece los criterios generales y las fechas de vacunación para los distintos grupos de edad y riesgo.

Las vacunas son de adquisición centralizada, así que son proporcionadas por el Gobierno y su administración corresponderá en todo caso a los centros hospitalarios o de atención primaria de los Servicios Públicos de Salud.

En caso de necesitar aclaración se recomienda leer el documento original pulse en el siguiente enlace .

VACUNAS AUTORIZADAS

En el momento actual, la Comisión Europea ha autorizado cuatro vacunas:

Vacuna Comirnaty, de Pfizer/BioNTech, autorizada 21 DIC 20.

Vacuna de Moderna, autorizada el 06 ENE 21.

Vacuna de AstraZeneca, autorizada el 29 ENE 21.

Vacuna de Janssen/Johnson & Johnson, autorizada el 11 MAR 21 (Aún no disponible).

CONSIDERACIONES GENERALES
La vacuna a administrar no es a demanda o elección de los individuos.

La pauta completa de vacunación se administrará con la misma vacuna.

La vacunación se va realizando a medida que se va disponiendo de dosis de vacunas.

Por cuestiones organizativas y de factibilidad podrá solaparse la vacunación de los colectivos incluidos en los grupos 3A, 4 y 5, así como el grupo 6 y el grupo 8.

Las personas que residen en otras Comunidades Autónomas y las extranjeras residentes en España, recibirán la vacunación correspondiente en el lugar donde se encuentren residiendo cuando se priorizan para vacunar. Las personas priorizadas para vacunación por su trabajo se vacunarán en la Comunidad donde lo ejerzan.

Hay suficiente evidencia para administrar una única dosis en personas de 65 o menos años de edad con antecedente de infección previa. Se mantiene, por tanto, la pauta de dos dosis para las personas de 65 o más años.

Se garantizará la vacunación de todas las personas independientemente del tipo de aseguramiento (mutualidades).

ACTUALIZACIÓN GRUPOS DE POBLACIÓN

Grupo 1. Residentes y personal sanitario y socio sanitario en centros de mayores y de atención a grandes dependientes. (Próxima a finalizar).

Grupo 2. Personal de primera línea en el ámbito sanitario y socio sanitario.

Grupo 3. Otro personal sanitario, socio sanitario y trabajadores penitenciarios.

Grupo 4. Personas consideradas como grandes dependientes (grado III), se vacunarán con ARNm o con AstraZeneca en función de la edad y disponibilidad.

Grupo 5. Personas vulnerables por su edad, (no centros de mayores)

Grupo 5A
. Personas de 80 y más años de edad (nacidas antes de 1941) .
Grupo 5B. Personas entre 70 y 79 años de edad (nacidas del 1942-51, a.i.)
Grupo 5C. Personas entre 66 y 69 años de edad (nacidas del 1952-55, a.i.).
Las personas del grupo 5 se vacunarán con las vacunas de ARNm, Comirnaty o vacuna de Moderna, o con vacuna de Janssen.

Grupo 6.
Colectivos en activo con una función esencial para la sociedad.

Grupo 6A. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Emergencias y FAS.
Grupo 6B. Docentes y personal de educación infantil y especial.
Grupo 6C. Docentes y personal de educación primaria y secundaria.
Las personas del grupo 6 que comiencen con la pauta de vacunación se vacunarán con la vacuna de AstraZeneca.

Grupo 7. Personas con condiciones de muy alto riesgo (Pendientes de definir)

Las personas con condiciones de muy alto riesgo a partir de 16-18 años se vacunarán de manera simultánea al grupo de edad de 70 a 79 años, si no les corresponde antes por grupo de edad.

Se utilizará cualquiera de las vacunas autorizadas, pero preferentemente vacunas de ARNm, con la finalidad de alcanzar la inmunidad completa en un periodo de tiempo menor.

Se han considerado las siguientes condiciones, en función del riesgo y la factibilidad (Ver Tabla 1 Actualización 5 de la Estrategia de Vacunación):

Trasplante de progenitores hematopoyéticos.
Trasplante de órgano sólido y lista de espera para trasplante de órgano sólido.
Tratamiento sustitutivo renal (hemodiálisis y diálisis peritoneal).
Enfermedad oncohematológica.
Cáncer de órgano sólido en tratamiento con quimioterapia citotóxica, metastásico o con radioterapia por tumores de localización torácica con riesgo de neumonitis.
Inmunodeficiencias primarias.
Infección con el VIH con menos de 200cél/ml a pesar de TAR eficaz y carga viral indetectable.
Síndrome de Down con 40 y más años de edad.
Grupo 8. Personas entre 56 y 65 años de edad (nacidas entre 1956 y 1965, ambos inclusive)

Se comenzará vacunando a las personas nacidas en 1956 con la vacuna de AstraZeneca, avanzando en el año de nacimiento según la disponibilidad de dosis.

Grupo 9. Personas entre 46 y 55 años de edad (nacidas entre 1966 y 1975, ambos inclusive)


NOVEDADES PROCESO VACUNACIÓN

NOVEDADES PROCESO VACUNACIÓN

La Mutualidad está en contacto con las Comunidades Autónomas, intercambiando información frecuentemente.
Recordamos, una vez más, a los mutualistas la importancia de la actualización de los datos, que la Mutualidad reenvía de forma continuada a los Servicios Públicos de Salud de las CC. AA.

Por otra parte, se indican a continuación algunas novedades que se han producido en determinadas Comunidades Autónomas en relación con el proceso de vacunación y la relación de los Mutualistas con sus Servicios Públicos de Salud.

COMUNIDAD VALENCIANA

Para la administración de la vacuna por Covid 19 es preciso contar en la Comunidad Valenciana con el código SIP, que permite la identificación de cada persona en el servicio de salud pública.

En coordinación con su Mutualidad, el Nº SIP está siendo enviado por la Generalidad Valenciana (GVA) a todos los mutualistas de entidad concertada, por SMS.

Respecto al uso del SIP en la Comunidad Valenciana, debe saber que:

No cambia nada en cuanto su asistencia sanitaria, pública o privada.

Será necesario para cualquier prestación asociada a la Pandemia COVID19 en la red Sanitaria pública. 

No altera la planificación de la vacuna ni significa que su vacunación sea inminente.

Si ya tenía un nº SIP asignado, sigue siendo válido.

De forma paralela, la Mutualidad General Judicial ha incluido este código en su Sistema de Información y ha publicado un nuevo servicio en nuestra Sede electrónica para que los mutualistas con entidad concertada privada puedan consultar su código identificativo personal autonómico (denominado SIP por la Comunidad Valenciana).

Se puede acceder a este servicio de la Mutualidad través del siguiente enlace:

https://sedemugeju.gob.es/serviciossede/faces/login.xhtml?operation=OBTENER_SIP

El servicio lo pueden usar tanto mutualistas titulares, como los beneficiarios mayores de edad, identificándose con su DNI y su número de afiliación a MUGEJU. Los mutualistas beneficiarios que no dispongan de DNI podrán obtener el código mediante la consulta del mutualista titular del que dependen.

La información también será visible a través del Portal del Mutualista en el apartado de “Datos Personales” bajo el nombre de CIP Autonómico.

COMUNIDAD DE ARAGÓN

Para la administración de la vacuna por Covid 19, y según se vaya marcando por parte de la estrategia su incorporación a la campaña vacunal, el sistema que se va a utilizar es el de auto cita. En la página web de Salud Informa (www.saludinforma.es ) y en la app hay habilitado un sistema para citación de vacunación COVID. Esta solicitud de cita se activará para los pacientes que pertenezcan al grupo poblacional que se incluya en ese momento en la campaña, entre las opciones de citación. Para gestionar esta cita, es necesario utilizar el denominado código CIA del paciente (que tendrá el formato ARXXXXXXXXXXX).

La Mutualidad en coordinación con el Servicio de Salud de Aragón ha realizado una serie de actuaciones para proceder a incluir este código en su Sistema de información y que pueda ser consultado.

Para ello hemos publicado un nuevo servicio en nuestra Sede electrónica para que los mutualistas con entidad privada puedan consultar su código identificativo personal autonómico (denominado CIA por la Comunidad de Aragón).

Se puede acceder a este servicio de la Mutualidad a través del siguiente enlace:

https://sedemugeju.gob.es/serviciossede/faces/login.xhtml?operation=OBTENER_SIP

El servicio lo pueden usar tanto mutualistas titulares, como los beneficiarios mayores de edad, identificándose con su DNI y su número de afiliación a MUGEJU. Los mutualistas beneficiarios que no dispongan de DNI podrán obtener el código mediante la consulta del mutualista titular del que dependen.

La información también será visible a través del Portal del Mutualista en el apartado de “Datos Personales” bajo el nombre de CIP Autonómico.

ANDALUCÍA

Desde el servicio de Salud de la Comunidad Autónoma de Andalucía nos informan de que:

Se han añadido los datos de nuestros mutualistas, tanto de opción pública como concierto privado, a su Sistema de Información y nos indican que los mutualistas pueden:

1.    Mediante Certificado digital, DNI o Cl@ve , van a poder consultar o actualizar sus datos de contacto a través de la WEB ClicSalud+.

2.    En caso de no tener estos sistemas de identificados pueden solicitar la consulta o el cambio de datos en los centros de Salud.

3.    La solicitud de cambio de datos también podrá ser efectuada por medio de solicitud por registro.

Es importante que los mutualistas confirmen su información de contacto para que puedan ser llamados correctamente a la campaña de vacunación.

A continuación os dejamos el enlace que nos han proporcionado para más información:

https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/archivo-comunicado/informacion-para-mutualistas-y-vacunacion-covid-19


ACTUALIZACIÓN DEL CONCIERTO MUGEJU CON BBVA

Actualización del Concierto con BBVA


Actualización de las condiciones del concierto con BBVA

https://www.bbvacolectivos.com/2359/mugeju

 


APROBADA NUEVA CARTA DE SERVICIOS MUGEJU

BOE Resolución Carta de Servicios MUGEJU

Carta de Servicios MUGEJU

Tríptico Carta de Servicios MUGEJU


NOTA INFORMATIVA PARA MUTUALISTAS DE BAJA POR INCAPACIDAD TEMPORAL


En el año 2020, durante el Estado de alarma, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-ley 13/2020 de 7 de abril , en su Disposición Adicional Quinta, se estableció un procedimiento excepcional para el abono del subsidio de Incapacidad Temporal a los mutualistas que cumplieran los 181 días de baja durante el periodo de tiempo del Estado de Alarma.

Durante el periodo de tiempo comprendido entre 14 de marzo y 20 de junio, no tuvieron descuentos en su nómina esos mutualistas.

No se ha contemplado ese cambio de procedimiento en los certificados que se han emitido por la MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL, para la declaración de la renta de 2020 para los mutualistas que se encontraran de baja y hubieran alcanzado los 181 días durante el Estado de Alarma, por lo que van a ser sustituidos por otros, a la mayor brevedad posible.

 


MUGEJU: NOTA VACUNACIÓN COVID-19


Nota Informativa Vacunación COVID-19

Sobre la campaña de vacunación frente a la COVID-19, se comunica:

Que la Mutualidad General Judicial, está trabajando de forma coordinada y proactiva con MUFACE e ISFAS y ya ha facilitado al Ministerio y a las Comunidades Autónomas correspondientes los datos actualizados necesarios de los mutualistas para llevar a cabo la estrategia definida por cada una de ellas para la vacunación.


El Sistema Público de Salud de cada Comunidad Autónoma define su propia estrategia de vacunación y ritmo atendiendo a los medios disponibles.

En la actualidad el Grupo de Trabajo Técnico de Vacunación COVID-19, se encuentra determinando las posibles patologías susceptibles de vacunación preferente.

Se ha de insistir, tal y como se anunció el pasado mes de diciembre, en la necesidad de actualizar los datos en la página web de la Mutualidad, siendo de especial interés para la vacunación facilitar el contacto telefónico.

No obstante, se recomienda estar pendiente de la información actualizada a través de la web: https://www.mugeju.es/ y a través de la página del Ministerio de Sanidad https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/vacunaCovid19.htm


MUGEJU: PUBLICADA LA REVISTA MUTUAJUDICIAL Nº 45 2020

Publicada la revista Mutuajudicial nº 45




MUGEJU: CAMPAÑA DE VACUNACIÓN FRENTE A LA COVID-19

MUGEJU: CAMPAÑA DE VACUNACIÓN FRENTE A LA COVID-19

MUGEJU/07/01/2021

La administración de vacunas contra la COVID 19 se encuadra dentro de las acciones de prevención epidemiológica en el ámbito de una emergencia internacional.

Las vacunas son de adquisición centralizada,  de modo que son proporcionadas por el Ministerio de Sanidad y su administración corresponderá en todo caso a los recursos, centros y hospitales que decidan los Servicios Públicos de Salud.

En esta línea, el colectivo de mutualistas será vacunado por el Sistema Nacional de Salud de igual forma que el resto de la población general. Es decir, la vacunación del colectivo de MUGEJU está garantizada, tanto para los mutualistas y beneficiarios adscritos a los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas y al INGESA, como para los adscritos a entidades de seguro libre.

ACTUACIONES DE MUGEJU

MUGEJU se encuentra trabajando en coordinación con el Ministerio de Sanidad y las respectivas autoridades sanitarias territoriales para garantizar al acceso del colectivo de mutualistas a las vacunas COVID en términos de equidad.

Como primera medida, MUGEJU ha iniciado una acción general de actualización de los datos identificativos de los mutualistas adscritos a compañías aseguradoras privadas con objeto de facilitar su localización por parte de la administración sanitaria, en el momento de la vacunación.

Para ello, en una primera fase,  los mutualistas que no tengan actualizados sus datos personales (dirección, correo electrónico, número de teléfono) o los de sus beneficiarios deben proceder a modificar o completar los mismos, accediendo para ello a la sede electrónica de MUGEJU en el siguiente enlace: https://sedemugeju.gob.es/datos-personales

PRIMERA FASE DEL PROCESO DE VACUNACIÓN

El plan de vacunación frente a la COVID 19 tendrá tres etapas, habiéndose iniciado la primera de ellas que afecta a las personas más vulnerables y al personal sanitario, según los siguientes grupos:

Residentes y personal sanitario y sociosanitario que trabaja en residencias de personas mayores y de atención a grandes dependientes.
Personal de primera línea en el ámbito sanitario y sociosanitario.
Otro personal sanitario y sociosanitario.
Personas consideradas como grandes dependientes (grado III de dependencia, es decir, con necesidad de intensas medidas de apoyo) que no estén actualmente institucionalizadas.
Las primeras dosis disponibles se utilizarán para vacunar al grupo 1 y 2 en ese orden y, tras completar estos grupos y en la medida que haya más disponibilidad de dosis, se vacunará a los grupos 3 y 4.

Los mutualistas incluidos en estos primeros grupos serán vacunados en una de las cuatro fases según les corresponda, siendo citados para ello por los respectivos Servicios Públicos de Salud.

Puede consultar el enlace del Ministerio de Sanidad sobre la estrategia de vacunación COVID en España: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/vacunaCovid19.htm


MUGEJU

MUGEJU

INFORMACIÓN CORONAVIRUS

CIRCULARES Y RESOLUCIONES

CAMBIO DE ENTIDAD MÉDICA MUGEJU

SEVICIOS QUE PRESTA MUGEJU

IMPRESOS Y FORMULARIOS MUGEJU

SEDE ELECTRÓNICA MUGEJU


VACUNACIÓN COVID-19: NUEVA CIRCULAR SOBRE ACTUALIZACIÓN DE DATOS PERSONALES

Ante el próximo inicio de la campaña de vacunación de la COVID 19, se hace necesaria la correcta identificación del colectivo de MUGEJU para su fácil localización por parte de la administración sanitaria que resulte responsable de la mencionada vacunación, por ello se ha publicado una nueva circular sobre actualización de datos personales del colectivo de mutualistas y beneficiarios y se ha habilitado un servicio en línea para poder llevarlo a cabo. Puede consultar el texto completo de la circular en este enlace:

ACTUALIZA TUS DATOS PINCHANDO AQUÍ

CIRCULAR MUGEJU Nº 98/2020.

 

 


NOTA INFORMATIVA PRESTACIONES ECONÓMICAS: HIJO A CARGO CON DISCAPACIDAD -  RETRASO PAGO MES DICIEMBRE

NOTA INFORMATIVA PRESTACIONES ECONÓMICAS: HIJO A CARGO CON DISCAPACIDAD  -  RETRASO PAGO MES DICIEMBRE

En relación a la prestación de Hijo a Cargo con Discapacidad se ha realizado el pago del mes de noviembre, en cuanto al pago del mes de diciembre, se ha producido un retraso, ya está solucionándose y se abonará la semana próxima.


MUGEJU: CONVOCATORIA AYUDA ATENCIÓN SOCIO-SANITARIA 2021

MUGEJU: CONVOCATORIA AYUDA ATENCIÓN SOCIO-SANITARIA 2021

Publicada en el BOE la Resolución de 9 de diciembre de 2020, de la Mutualidad General Judicial, por la que se convocan ayudas de los Programas del Plan de Atención Socio-Sanitaria para 2021.
Los programas objeto de la presente convocatoria son los siguientes:

a) Programa de atención a personas mayores.
b) Programa de atención a personas con discapacidad.
c) Programas de atención a personas drogodependientes.
d) Ayudas derivadas de la aportación económica en determinados productos ortoprotésicos.

Plazo de presentación de solicitudes hasta el 31 diciembre de 2021

Accede a la publicación.


PERIODO CAMBIO ENTIDAD

Se abre el periodo de cambio ordinario de entidad médica que será desde el 1 al 31 de enero de 2021, surtiendo efectos de cambio de entidad el día 1 de febrero de 2021.

DESCARGAR DOCUMENTOS ADJUNTOS:


Cambio_entidad_médica.pdf

periodo_cambio_entidad_médica.pdf

 


MUGEJU: PRÓRROGA CONCIERTO SANITARIO 2021

MUGEJU: PRÓRROGA CONCIERTO SANITARIO 2021

Publicada en el BOE la Resolución de 3 de noviembre de 2020, de la Mutualidad General Judicial, por la que se publica la prórroga para 2021 del concierto para la asistencia sanitaria de beneficiarios y la relación de entidades de seguros que han suscrito la misma.


Accede a la Resolución


CONSULTA MÉDICA MUTUALISTAS CIUDAD DE LA JUSTICIA

CONSULTA MÉDICA MUTUALISTAS CIUDAD DE LA JUSTICIA

Informamos de que el próximo día 1 de diciembre de 2020 se pasará consulta sólo hasta las 10:30 horas en las dependencias de la Ciudad de la Justicia de Valencia


VALIDEZ DE LA TARJETA SANITARIA EUROPEA POR EL BREXIT

VALIDEZ DE LA TARJETA SANITARIA EUROPEA POR EL BREXIT

Se recuerda a todos los mutualista que si van a viajar al Reino Unido en torno al 31 de diciembre, infórmese antes en el Ministerio de Asuntos Exteriores . El plazo de validez de la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) y el Certificado Provisional Sustitutorio (CPS) en ese Estado está afectado por el proceso Brexit, de modo que finalizará en uno y otro caso el 31 de diciembre de 2020. Sin embargo, el sistema de póliza colectiva de seguros previsto en las prestaciones de MUGEJU no se ve afectado por el Brexit.


RETRASO PRESTACIÓN INCAPACIDAD PERMANENTE

RETRASO PRESTACIÓN INCAPACIDAD PERMANENTE

Información acerca pago de Prestaciones Económicas:

En relación a la prestación de Incapacidad Permanente se ha producido un retraso en el pago de la prestación que ya está en vías de solución.
Se pagará el 6 de noviembre.


MUGEJU: AVISO A LOS MUTUALISTAS ADSCRITOS A CASER

MUGEJU: AVISO A LOS MUTUALISTAS ADSCRITOS A CASER

Aviso a los mutualistas adscritos a CASER

Le informamos a todos los mutualistas adscritos a la entidad médica CASER que esa compañía no va a suscribir la prórroga del Concierto de Asistencia Sanitaria para 2021, por lo que se hace necesario el cambio de entidad médica.

Con objeto de facilitar este obligado trámite, MUGEJU va a proceder a ampliar el período anual de cambio ordinario de Entidad para los mutualistas acogidos a CASER a partir del 1 de diciembre de 2020.

Este plazo especial ampliado de cambio de entidad ordinario abarcará desde el 1 de diciembre de 2020 al 31 de enero de 2021, período en el que los mutualistas deberán elegir entre recibir asistencia sanitaria a través de una de las compañías aseguradoras privadas: SEGURCAIXA ADESLAS, ASISA, DKV SEGUROS, MAPFRE, NUEVA MUTUA SANITARIA, SANITAS o a través de los Servicios de Salud de la Comunidad Autónoma donde resida (opción INSS).

El cambio a la nueva entidad médica se hará efectivo a partir del 1 de febrero de 2021. Hasta esa fecha, los mutualistas continuarán recibiendo la asistencia sanitaria a través de CASER, como hasta ahora.

Nos encontramos trabajando en un procedimiento ágil a través de la sede electrónica para que facilite el cambio de entidad médica sin necesidad de desplazamientos a las oficinas de MUGEJU. En los próximos días recibirán una carta informando del procedimiento para realizar este cambio.


INFORMACIÓN CORONAVIRUS

INFORMACIÓN CORONAVIRUS

La asistencia sanitaria de la enfermedad por infección por coronavirus COVID-19 está cubierta a todos los mutualistas de MUGEJU, tanto si están adscritos a los servicios públicos de salud de las Comunidades Autónomas o a Entidades Médicas privadas.

¿Qué hacer si se tiene síntomas compatibles con COVID-19?

Si tiene síntomas compatibles con una infección respiratoria aguda de aparición súbita que cursa con fiebre, tos o sensación de falta de aire, dolor de garganta, pérdida de olfato, pérdida del gusto, etc, haya tenido o no contacto con personas que han sido diagnosticadas de COVID-19, permanezca en su casa, aíslese en su domicilio, no se desplace a un servicio de urgencias y:

Si está adscrito al servicio público de salud de la Comunidad autónoma, póngase en contacto con los teléfonos habilitados por la Comunidad autónoma y siga sus instrucciones. (Ver teléfonos más abajo).
Si está adscrito a una Entidad Medica privada, póngase en contacto con el teléfono del Centro de coordinación de urgencias de su entidad Médica, para que evalúen su situación, practiquen las pruebas de detección del coronavirus que procedan y hagan el seguimiento de su situación. (Ver teléfonos más abajo).
¿Qué hacer si no tiene síntomas compatibles con COVID-19, pero ha estado en contacto estrecho con una persona diagnosticada de COVID-19?

Se entiendo por “contacto estrecho” cualquier persona conviviente o que proporciona cuidados o que tiene contactos físicos con un caso diagnosticado de COVID-19; cualquier persona que haya estado en el mismo lugar que un caso diagnosticado de COVID-19, a una distancia menor de dos metros y durante más de 15 minutos; cualquier persona situada en un radio de dos asientos alrededor de un caso diagnosticado de COVID-19, en un avión, tren, u otro medio de transporte.

La búsqueda e identificación de los contactos estrechos corresponde a los servicios de Salud Pública de las Comunidades Autónomas. Cuando a Salud Pública un médico notifica el diagnóstico de un caso de COVID-19, se pone en marcha un proceso de búsqueda e identificación de contactos estrechos, por lo que será Salud Pública de su Comunidad Autónoma la que se pondrá en contacto con usted independientemente de su adscripción al Servicio público de salud o a Entidad Médica privada, para determinar las medidas y las pruebas a realizar según los protocolos establecidos por la Comunidad Autónoma.

¿Cuáles son los criterios para la realización y cobertura de test disgnósticos de SARS-CoV-2 en casos sospechosos en mutualistas adscritos a entidades médicas?

Las Entidades Médicas concertadas con MUGEJU (EEMM) deben garantizar en todos los niveles de asistencia, y de forma especial en atención primaria, la detección precoz de cualquier caso que pueda tener infección activa y que, por tanto, pueda transmitir la enfermedad. Para ello las EEMM deben realizar una PCR u otra técnica de diagnóstico molecular que se considere adecuada en las primeras 24 horas a todo caso sospechoso de infección.

En todo caso, los mutualistas que requieran asistencia deben ponerse en contacto con su Entidad para obtener, en su caso la prescripción de la prueba. MUGEJU no autoriza ni proporciona las pruebas de COVID-19 (PCR) ni las pruebas de detección de anticuerpos.

Puede descargar el documento con todos los criterios para la realización de los tests pinchando en el siguiente enlace.

Teléfonos de los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas:

Comunidad Autónoma Teléfono de información
Andalucía             955.545.060
Aragón                   976.696.382
Asturias             900.878.232 / 984.100.400 / 112
Canarias             900.112.061
Cantabria             900.612.112
Castilla La Mancha         900.122.112
Castilla León             900.222.000
Cataluña             061
Ceuta                   900.720.692
C.Madrid             900.102.112
C.Valenciana             900.300.555
Extremadura             112
Galicia                   900.400.116
Islas Baleares             061
La Rioja             941.298.333
Melilla                   112
Murcia                   900.121.212
Navarra                   948.290.290
País Vasco             900.203.050

Teléfonos de las entidades médicas privadas:

                        Teléfono de urgencias Teléfono de información           Página WEB.
ASISA                                 900.900.118         902.010.010           www.asisa.es
CASER                                 900.342.234         901.332.233           www.caser.es
DKV                                 900.300.799         902.499.600           www.dkvseguros.com/mugeju
MAPFRE                                 900.122.122         902.204.060           www.mapfre.com/salud
NUEVA MUTUA SANITARIA                       800.654.365         91.290.8075           www.nuevamutuasanitaria.es/mugeju
SANITAS                               900.842.025         902.500.742           www.sanitas.es/mugeju
SEGURCAIXA-ADESLAS                       900.322.237         902.200.200 www.adeslas.es


MUGEJU: CAMPAÑA DE VACUNACIÓN DE LA GRIPE 2020-2021

La campaña de vacunación de la gripe 2020-2021 se va a desarrollar en el marco de la actual pandemia de Covid-19. Para evitar noticias confusas sobre la presente campaña de vacunación, MUGEJU recuerda a los mutualistas que el sistema garantiza el cumplimiento del calendario común vigente desde 2018.

Este año, la compra de vacunas se ha realizado de manera centralizada desde el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas. El suministro de las dosis necesarias de vacunas en la campaña de gripe, que comenzará próximamente, está asegurado tanto para los mutualistas de opción pública como para los de entidad concertada. El acceso a estas vacunas será, como en la campaña anterior, a través de los centros de vacunación, públicos o concertados, según la cobertura del mutualista. El acceso a través de oficinas de farmacia estará limitado al haber un suministro restringido.

Grupos de riesgo

En el caso de la vacuna contra la gripe, los mutualistas de opción Pública (INSS) deberán contactar con su médico o centro de salud. Los mutualistas adscritos a alguna de las entidades concertadas deberán contactar con su centro de referencia, y será el facultativo correspondiente quien prescriba la administración de la vacuna a los pacientes incluidos en los grupos de riesgo. Debe tenerse en cuenta que es necesario un informe del facultativo para personas de riesgo que no sean mayores de 65 años.

Cada entidad debe informar a los mutualistas sobre el calendario, centros y horarios en los que se llevará a cabo la vacunación, disponiendo de los medios necesarios para ejecutar los programas preventivos incluidos en la Cartera de Servicios.

Oficinas de Farmacia

Si la adquisición se realizara en la Oficina de Farmacia, debe tenerse en cuenta que el o la mutualista deberá abonar el precio íntegro de la vacuna y, posteriormente, con la factura de la farmacia, solicitar el reintegro íntegro de la misma a la entidad a la que esté adscrito. Tendrá derecho a reintegro siempre y cuando tenga más de 65 años o pertenezca a grupo de riesgo, y así esté expresado en el informe médico correspondiente.

CORRECCIÓN CLÍNICAS CAMPAÑA VACUNACIÓN GRIPE 2020-2021:

A EFECTOS DE VACUNACIÓN DE LA GRIPE LA ENTIDAD MÉDICA ADESLAS COMUNICA QUE LA CLÍNICA “CASA DE LA SALUD” ES SOLO PARA VACUNACIÓN PEDIÁTRICA.

 

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VISADO DE RECETAS PARA MUTUALISTAS ADSCRITOS AL I.N.S.S.

 VISADO DE RECETAS PARA MUTUALISTAS ADSCRITOS AL  I.N.S.S.

Se informa que el visado de recetas para los mutualistas adscritos al I.N.S.S., en las CC.AA. que se relacionan a continuación, lo hace directamente el Servicio Público De Salud correspondiente:

Servicio Valenciano de Salud.
Servicio Madrileño de Salud.
Servicio Vasco de Salud.
Servicio Catalán de Salud.
Servicio Andaluz de Salud.
Servicio Riojano de Salud.
Servicio de Salud de les Illes Balears.
Servicio Murciano de Salud.
Servicio Canario de Salud.
Servicio Aragonés de Salud.
Servicio de Salud de Castilla y León.
Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.

Los mutualistas adscritos a Entidades Médicas privadas de todas las CC.AA. seguirán visando las recetas en MUGEJU.


MEMORIA ANUAL 2019 MUGEJU

Publicada la Memoria Anual del 2019


Las memorias elaboradas anualmente por la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), son el resumen de las actividades llevadas a cabo por el organismo y representan el fiel reflejo del trabajo en equipo y espíritu de servicio de los 119 profesionales que han atendido con diligencia y dedicación a un colectivo de 91.061 personas entre titulares y beneficiarios.
La memoria incluye además el régimen legal, organización y estructura de MUGEJU, y constituye un excelente resumen de las prestaciones otorgadas a los mutualistas.

Asimismo, al ser un instrumento de periodicidad anual permite conocer las novedades introducidas en todos los ámbitos en que se desarrolla la actividad de MUGEJU, así como en el campo de las tecnologías de la información y en el servicio on-line que se presta a los mutualistas.


Memoria 2019
Memoria 2018
Memoria 2017
Memoria 2016
Memoria 2015
Memoria 2014
Memoria 2013
Memoria 2012
Memoria 2011
Memoria 2010

 


CRITERIOS TESTS COVID MUGEJU

CRITERIOS PARA LA REALIZACIÓN Y COBERTURA DE TEST DIAGNÓSTICOS DE SARS-COV-2 EN CASOS SOSPECHOSOS Y CONTACTOS ESTRECHOS EN MUTUALISTAS ADSCRITOS A ENTIDADES MÉDICAS

1. CASO SOSPECHOSO

Las Entidades Médicas concertadas con MUGEJU (EEMM) deben garantizar en todos los
niveles de asistencia, y de forma especial en atención primaria, la detección precoz de
cualquier caso que pueda tener infección activa y que, por tanto, pueda transmitir la
enfermedad. Para ello las EEMM deben realizar una PCR u otra técnica de diagnóstico
molecular que se considere adecuada en las primeras 24 horas a todo caso sospechoso
de infección.

Se considera caso sospechoso de COVID-19 a cualquier persona con un cuadro clínico de
infección respiratoria aguda de aparición súbita de cualquier gravedad que cursa, entre
otros, con fiebre, tos o sensación de falta de aire. Otros síntomas atípicos como la
odinofagia, anosmia, ageusia, dolores musculares, dolor torácico, diarreas o cefaleas,
entre otros, pueden ser considerados también síntomas de sospecha de infección por
SARS-CoV-2 según criterio clínico.

En todo caso, los mutualistas que requieran asistencia deben ponerse en contacto con
su Entidad para obtener, en su caso la prescripción de la prueba.

MUGEJU no autoriza ni proporciona las pruebas de COVID 19 (PCR) ni las pruebas de
detección de anticuerpos.

2. VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE LOS CONTACTOS ESTRECHOS DE UN CASO
CONFIRMADO DE COVID-19

Los mutualistas, en tanto que ciudadanos españoles, están integrados en las medidas de
vigilancia epidemiológica y salud pública de los Servicios de las CC.AA relativas a la
pandemia por coronavirus (SARS-CoV-2).

Esta competencia de vigilancia epidemiológica NO CORRESPONDE A LAS EEMM sino que
debe ser realizada por los Servicios de Salud Pública de las CC.AA y comprende el estudio
y seguimiento de los contactos estrechos que sigue el procedimiento que haya
establecido cada CC.AA según los casos, incluyendo la realización, en su caso de las
pruebas de diagnóstico procedentes (PCR) a cargo del Servicio Público de Salud de la
CCAA.

3. CASO POSITIVO O SOSPECHOSO EN EL TRANSCURSO DE LA VIGILANCIA
EPIDEMIOLÓGICA

- Si en el transcurso de la vigilancia realizada por un Servicio Público de Salud de una
CC.AA, el mutualista desarrolla síntomas, el caso se transforma en un caso
sospechoso cuyo manejo corresponderá desde ese momento a la Entidad Médica.

- Del mismo modo, si el resultado de la prueba PCR es positivo, el contacto pasa a ser
considerado caso confirmado con infección activa, se iniciará aislamiento en el
domicilio y su manejo corresponderá a la Entidad Médica.

4. PRUEBAS PCR PREVIAS A PROCEDIMIENTOS QUIRÚRGICOS PROGRAMADOS

Las pruebas de PCR que se prescriban a los mutualistas o que sean solicitadas por los
hospitales, previamente a una intervención o procedimientos médico-quirúrgicos, deben
ser cubiertas por las Entidades Médicas o reintegrado su coste.

CUANDO UN MUTUALISTA PRESENTE SÍNTOMAS NO DEBE ACUDIR A CENTROS DE SU
ENTIDAD O A SU CENTRO DE SALUD, SINO QUE DEBE PERMANECER EN SU DOMICILIO Y
LLAMAR POR TELÉFONO A SU ENTIDAD MÉDICA.

DOCUMENTOS:

CRITERIOS TEST COVID


INCORPORACIÓN DEL SISTEMA DE RECETA ELECTRÓNICA EN ARAGÓN (MUGEJU)

INCORPORACIÓN DEL SISTEMA DE RECETA ELECTRÓNICA EN ARAGÓN (MUGEJU)

Se informa a los mutualistas que hayan optado por recibir la asistencia sanitaria a través del Servicio Aragonés de Salud que a partir del próximo 7 de septiembre quedan incorporados, a todos los efectos, al sistema de receta electrónica de esta Comunidad Autónoma (prescripción, dispensación y visado) lo que les permitirá recoger la medicación que les sea prescrita a través de receta electrónica, directamente en su farmacia,  presentando la Tarjeta Sanitaria del  Servicio Aragonés de Salud.

MUGEJU en el sistema público de receta electrónica


NUEVO GERENTE MUGEJU

NUEVO GERENTE MUGEJU

Luis Ignacio Sánchez Guiu, nuevo Gerente de MUGEJU

Con efectos 16 de julio de 2020, D. Luis Ignacio Sánchez Guiu ha sido nombrado Gerente de MUGEJU.

Nacido 3 de junio de 1975 en Tardienta (Huesca), es Licenciado en Derecho por la Universidad de Zaragoza y pertenece al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. Fue Asesor de varios Consejeros de Justicia del Gobierno Vasco, y Director del Gabinete Técnico del Consejero de Justicia José Ramón Recalde y Viceconsejero de Justicia del Gobierno Vasco entre 1995 y 1999. Ocupó el puesto de Letrado del Consejo General del Poder Judicial y en 2002 fue nombrado Secretario del Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Fue nombrado Secretario General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, puesto que ocupó entre 2009 y 2012.

Hasta su nombramiento como Gerente de MUGEJU ocupaba el puesto de Secretario del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo.


ASISTENCIA SANITARIA EN EL EXTRANJERO (MUGEJU)

ASISTENCIA SANITARIA EN EL EXTRANJERO (MUGEJU)

Resolución de 18 de abril de 2016 que se regula la asistencia sanitaria fuera del territorio nacional. (B.O.E. 06/05/2016)


TARJETA SANITARIA EUROPEA Y CERTIFICADO PROVISIONAL SUSTITUTORIO

Para los desplazamientos temporales en la Unión Europea, Espacio Económico Europeo y Suiza, los mutualistas y beneficiarios disponen de la TARJETA SANITARIA EUROPEA (TSE) que acredita el derecho a recibir prestaciones sanitarias en idénticas condiciones que los residentes del país de destino, a través de su Sistema de Sanidad Público, salvo que el desplazamiento tenga por objeto precisamente recibir un tratamiento médico. El período de validez de la TSE es de dos años.

Si el viaje es inminente y no se puede esperar a la obtención de una TSE, debe solicitar el Certificado Provisional Sustitutorio (CPS) que se obtendrá de manera inmediata en la Sede Electrónica de la MUGEJU. A todos los efectos el CPS es una TSE con un formato distinto, produciendo los mismos efectos y utilidades.

El período de validez del CPS es de 90 días, siendo por lo tanto documento suficiente para desplazamientos cortos.

Cuando el sistema de Sanidad Pública del país en el que se haga uso de la TSE, esté sometido a algún tipo de financiación parcial por parte del usuario (Copago), se podrá solicitar su reintegro a la compañía CASER.

Estados en los que la Tarjeta Sanitaria Europea tiene validez:

Países integrantes de la Unión Europea: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia.
Países del Espacio Económico Europeo: Islandia, Liechtenstein, Noruega.
Suiza.

COMO SE SOLICITA

Los mutualistas deberán solicitar la TSE y la CPS, en la Sede Electrónica de la Mutualidad General Judicial.  El Certificado Provisional Sustitutorio se obtiene de manera inmediata, la Tarjeta Sanitaria Europea se recibirá en su domicilio en un plazo máximo de diez días.

INICIAR TRÁMITE

En el caso de que no pueda realizar estos trámites en la SEDE ELECTRONICA puede dirigirse a las Delegaciones Provinciales o a los Servicios Centrales y presentar cumplimentado el impreso de solicitud de la TSE, o identificarse para solicitar el Certificado Provisional Sustitutorio propio o de los beneficiarios:

Impreso de solicitud de TSE/CPS

Normativa e impresos:
Reglamento_987_2009.pdf
Reglamento_883-04.pdf

- Desplazamientos temporales por período inferior a ciento veinte (120) días
- Destinados en el extranjero por un período superior a ciento veinte (120) días
- Asistencia sanitaria transfronteriza
- Tratamientos médicos especiales


REACTIVACIÓN DEL VISADO DE RECETAS

REACTIVACIÓN DEL VISADO DE RECETAS

Se ha publicado en la web de MUGEJU que las 00:00h del día 21 de junio, momento en el que está prevista la finalización del Estado de Alarma, queda sin efecto la exención del visado de recetas de MUGEJU.

Por ello, a partir del 22 de junio, se reactiva el requisito de visado previo de las recetas de MUGEJU que se prescriban desde esa fecha y que requieran ese requisito, en los términos existentes con anterioridad a la declaración del Estado de Alarma.

SOLICITUD TALONARIO RECETAS


INFORMACIÓN REAPERTURA PARADORES NACIONALES OFERTA VERANO 2020

INFORMACIÓN REAPERTURA PARADORES NACIONALES  OFERTA VERANO 2020

Dentro del proceso de desescalada de las medidas de confinamiento por la emergencia sanitaria provocada por la pandemia de la COVID-19, los Paradores Nacionales han reabierto sus puertas, adaptando sus instalaciones a las normas sanitarias vigentes. Se puede consultar la información completa en este folleto.

Así mismo, hay una oferta temporal de verano, válida hasta el 21 de septiembre de 2020, que amplía el descuento hasta el 20%. Se pueden consultar las condiciones en este otro folleto.


NUEVA RESOLUCIÓN SOBRE LA RECUPERACIÓN PROGRESIVAS DE LA ACTIVIDAD DEL ORGANISMO

NUEVA RESOLUCIÓN SOBRE LA RECUPERACIÓN PROGRESIVAS DE LA ACTIVIDAD DEL ORGANISMO

Resolución de la Gerente de la Mutualidad General Judicial sobre la recuperación progresiva de la actividad de este Organismo, la reincorporación de su personal destinado en las delegaciones provinciales y la reanudación de la actividad de los consultorios instalados en los edificios públicos, atendida la ampliación de las medidas de flexibilización de las restricciones consecuencia de la declaración del estado de alarma y sus prórrogas para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.


SERVICIO CONSULTA SIP

Se ha publicado un nuevo servicio en nuestra Sede Electrónica para que los mutualistas de la Comunidad Valenciana puedan consultar su código SIP.

Se pude acceder mediante el siguiente enlace:


 


INFORMACIÓN A LOS MUTUALISTAS SOBRE EL CORONAVIRUS

INFORMACIÓN A LOS MUTUALISTAS SOBRE EL CORONAVIRUS



Publicada en la Web de
MUGEJU la siguiente información respecto el CORONAVIRUS:

En España la Alerta Sanitaria Internacional decretada por la Organización Mundial de la Salud, debida a la infección por el coronavirus (SARS-CoV-2), está coordinada por el Ministerio de Sanidad, cuyos protocolos de actuación e información actualizada sobre la enfermedad se pueden consultar en el siguiente enlace


Los mutualistas (tanto los adscritos al Sistema Sanitario Público, como los adscritos a Entidades Médicas Privadas), con síntomas compatibles con una infección respiratoria aguda (inicio súbito de cualquiera de los siguientes síntomas: tos, fiebre, dificultad respiratoria/falta de aire) y, que en los 14 días previos al inicio de los síntomas, hayan vuelto de alguna de las zonas geográficas de riesgo o hayan estado en contacto o en el mismo lugar que un caso probable o confirmado de coronavirus Covid-19, deben llamar al teléfono de emergencias 112, desde donde se valorará, informará y determinará la actuación a seguir en cada caso.




En la Comunitat Valenciana el teléfono es: 900.300.555.




MUGEJU: COMUNICACIÓN CAMBIO DE DESTINO CONCURSO DE TRASLADOS

MUGEJU: COMUNICACIÓN CAMBIO DE DESTINO CONCURSO DE TRASLADOS

Os recordamos la obligación de comunicar a la MUGEJU la variación de datos que se produzca como consecuencia de la resolución del Concurso de Traslados.

Deberéis hacer llegar a la Delegación de la MUGEJU de la provincia de destino, el impreso A-1 que os adjuntamos más abajo, junto con una copia del nombramiento, en el plazo de un mes desde que se produzca el traslado.

El cambio de provincia permite el cambio de entidad médica. (Circular informativa)DESCARGA AQUÍ LA Circular_95


DESCARGA AQUÍ EL IMPRESO_A1.pdf SOLICITUD VARIACIÓN DE DATOS

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SOLICITUD ELIMINACIÓN COPAGO FARMACÉUTICO

SOLICITUD ELIMINACIÓN COPAGO FARMACÉUTICO

Propuesta conjunta MUFACE, ISFAS, MUGEJU


Desde INTERSINDICAL JUSTICIA, hemos solicitado al Congreso la inclusión del colectivo de MUGEJU, a la proposición de Ley para la eliminación del 30% del copago farmacéutico de los colectivos de MUFACE e ISFAS, Así en la fase de enmiendas se haga extensivo dicha eliminación a nuestro colectivo (MUGEJU) para los usuarios pensionistas y beneficiarios de la Mutualidad Judicial.


Tras la admisión a trámite por la mesa del Congreso de la Proposición de Ley para la eliminación del 30 por ciento del copago farmacéutico, de los colectivos de MUFACE e ISFAS, hemos solicitado para que se incluya en la fase de enmiendas la modificación y se haga extensivo además a la MUGEJU para los usuarios pensionistas y sus beneficiarios de la Mutualidad General Judicial.


Así nos lo ha trasladado el gabinete de presidencia en contestación a nuestro escrito presentado con fecha de 12 febrero del 2020


VARIACIÓN DATOS TITULARES

VARIACIÓN DATOS TITULARES

Los mutualistas están obligados a comunicar los datos así como las variaciones que se produzcan en éstos, que deban obrar en la base de datos de la Mutualidad General Judicial, por afectar a su relación con el Mutualismo Judicial dentro del mes siguiente a la fecha en que se produzcan. (Articulo 19. punto 4 del RD 1026/2011), por ello:

ES IMPRESCINDIBLE INFORMAR a MUGEJU sobre cualquier variación de datos (personales, de destino o de situación administrativa) para mantener actualizada la Base de Datos y facilitar la comunicación entre la Mutualidad y los/las Mutualistas.

TRAMITACIÓN

Variación de datos personales: Se puede solicitar en esta SEDE ELECTRÓNICA (excepto si supone un cambio de apellidos o de nombre solicitados en el Registro Civil),  o bien se puede tramitar de forma presencial en los Servicios Centrales y Delegaciones provinciales de Mugeju, así como en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Variación de datos de domicilio y destino:

Si se lleva a cabo dentro de la misma Provincia se puede realizar directamente en la SEDE ELECTRÓNICA.

Si la variación de datos supone cambio de Provincia, se deberá tramitar como traslado.

Variación de datos por traslado de Provincia: Se puede tramitar de forma presencial, por correo postal o presentando la solicitud a través de la SEDE ELECTRÓNICA del mutualista y adjuntado la siguiente documentación:

MODELO A-1 SOLICITUD PARA LA AFILIACION Y VARIACIÓN DE DATOS DE TITULARES

Copia del nombramiento en el nuevo destino

En el caso de que elijan como entidad médica el INSS, deberán aportar el número de Afiliación a la TGSS si no han sido titulares del Régimen General de Seguridad Social.

Variación de datos administrativos, sobre cuerpo de pertenencia y/o cambio de situación administrativa: Se puede solicitar en esta SEDE ELECTRÓNICA,  o bien de forma presencial en los Servicios Centrales y Delegaciones provinciales de Mugeju, así como en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.adjuntado la siguiente documentación:

MODELO A-1 SOLICITUD PARA LA AFILIACION Y VARIACIÓN DE DATOS DE TITULARES

Copia del documento acreditativo del cambio de cuerpo y/o situación administrativa.

Mutualistas obligatorios en activo que pasan a jubilados. El cambio de la situación administrativa de servicio activo a jubilado se puede tramitar de oficio, o a instancia del mutualista o de la mutualista.

A instancia del mutualista o de la mutualista: Se puede solicitar en esta SEDE ELECTRÓNICA,  o bien de forma presencial en los Servicios Centrales y Delegaciones provinciales de Mugeju, así como en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y adjuntado la siguiente documentación:

MODELO A-1 SOLICITUD PARA LA AFILIACION Y VARIACIÓN DE DATOS DE TITULARES

Copia del documento acreditativo de la nueva situación administrativa.
Cuando sea tramitado de oficio, no será necesario presentar ninguna documentación. Este cambio se comunicará al mutualista o a la mutualista mediante la remisión del nuevo documento de afiliación a MUGEJU como Pensionista.


Icono ClavePara la realización de este trámite online deberá estar dado de alta como mutualista de la Mutualidad General Judicial. La identificación se hará a través del sistema Cl@ve para lo cuál deberá estar dado de alta en dicha plataforma o bien disponer de dni-electrónico o de uno de los certificados digitales admitidos por la sede electrónica.

Consulte los requisitos técnicos de acceso a los trámites online.


PRESENCIAL:

Todos los trámites relacionados con la variación de datos de titulares se pueden realizar de forma presencial en los Servicios Centrales y Delegaciones provinciales de Mugeju, así como en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se deberá cumplimentar el Modelo A-1 SOLICITUD PARA LA AFILIACION Y VARIACIÓN DE DATOS DE TITULARES, y acompañar copia de los documentos que se señalan en dicho modelo, según el caso:

Variación de datos personales: Solo Modelo A-1

Variación de datos de destino: Copia del nombramiento en el nuevo destino.

Variación de datos de destino por traslado de provincia: Copia del nombramiento en el nuevo destino. En el caso de que elija como entidad médica el INSS, deberá aportar el número de afiliación a la TGSS si no ha sido titular del Régimen General de Seguridad Social.

Variación de datos profesionales (Cuerpo y situación): Copia del documento que acredite el cambio de cuerpo o situación administrativa.

Mutualistas obligatorios en activo que pasan a jubilados: Copia del documento acreditativo del cambio de situación administrativa
Archivos asociados

MODELO A-1 SOLICITUD PARA LA AFILIACION Y VARIACIÓN DE DATOS DE TITULARES


Trámites electrónicos

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MUGEJU, informa acerca de las solicitudes mediante tramitación electrónica

MUGEJU, informa acerca de las solicitudes mediante tramitación electrónica

Ante las dudas suscitadas como consecuencia de la entrada en vigor el día 1 de enero de 2020 de la resolución por la que se actualiza la regulación de las prestaciones complementarias (dentarias, oftalmológicas y otras), y se generaliza su tramitación en formato electrónico, se comunica lo siguiente:

Con carácter general, el procedimiento para la solicitud de todas las prestaciones que MUGEJU gestiona y brinda no ha cambiado. Por tanto, todas las solicitudes se podrán continuar realizando como hasta el momento, a excepción de la solicitud de prestaciones complementarias que es la que ha sido objeto de modificación.

La tramitación electrónica generalizada sólo afecta a algunas de las prestaciones complementarias, y se ciñe a periodos de tiempo determinados. Así pues, para solicitar estas prestaciones complementarias (ayudas para prótesis auditivas, dentarias, oculares, etc.) el colectivo de MUGEJU puede optar entre la tramitación electrónica durante todos los meses del año o continuar solicitándolas en formato papel durante los meses de enero, abril, julio y octubre.

Para una información certera y más detallada, los/as mutualistas pueden dirigirse a los Servicios Centrales o a las Delegaciones Provinciales de la Mutualidad, y/o consultar la Resolución de 4 de diciembre de 2019 por la que se actualiza la regulación de las prestaciones complementarias y se generaliza su tramitación en formato electrónico, publicada en el BOE de 18/12/2019 y en la página web de esta Mutualidad General Judicial.



SEDE ELECTRÓNICA



PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS: DENTARIAS, OGTALMOLÓGICAS, ORTOPROTÉSICAS, ETC.

PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS: DENTARIAS, OGTALMOLÓGICAS, ORTOPROTÉSICAS, ETC.

Prestaciones Complementarias: dentarias, oftalmológicas, ortoprotésicas y otras.


1. La Mutualidad General Judicial concede ayudas económicas para compra, alquiler, o reparaciones en su caso, de una serie de productos ortopédicos contenidos en el catálogo de material ortoprotésico, en el que además se regulan los períodos de carencia y los importes máximos de financiación, conforme se contiene en la Resolución de 4 de diciembre de 2019 (BOE 18/12/2019) que actualiza parcialmente el catálogo contenido en el anexo I de la Resolución de 6 de mayo de 2008 (BOE 23/05/2008).

La nueva Resolución afecta a los mutualistas adscritos a las entidades médicas privadas concertadas, y establece las reglas para el procedimiento de acceso a la prestación, su obtención, los requisitos generales de la prescripción y dispensación de los productos así como, para determinados productos ortoprotésicos, la aportación del usuario prevista en la repetida normativa. La ayuda por la prestación de productos de ortoprótesis externas se configura, por tanto, como un reintegro de gastos acreditados según factura.

La solicitud de la prestación se realizará cumplimentando el formulario correspondiente, accesible en la página web de la Mutualidad (www.mugeju.es), y presentándola en las Delegaciones Provinciales o a través de la sede electrónica (https://sedemugeju.gob.es/ ).

La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

La factura del establecimiento autorizado que haya efectuado la dispensación y que deberá reunir todos los requisitos legales y reglamentarios para su validez. En la misma deberá figurar el detalle de conceptos y precios así como la constancia del pago, o ir acompañada, en su caso, del correspondiente recibo que lo acredite, y
El documento de la prescripción que habrá de realizar un médico especialista en la patología que la justifique.
2. Asimismo, MUGEJU concede ayudas económicas para prestaciones dentarias, oftalmológicas y otras prestaciones sanitarias, conforme a lo establecido en la Resolución de 4 de diciembre de 2019 (BOE 18/12/2019), por la que se actualiza la regulación de las prestaciones complementarias y se generaliza su tramitación en formato electrónico, a través de la sede electrónica (https://sedemugeju.gob.es/ ). No obstante, se podrán presentar las solicitudes en formato papel ante los Servicios Centrales, en las Delegaciones Provinciales o en cualquiera de los registros públicos legalmente habilitados indicados durante los días hábiles/laborables de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año natural.

Documentación adicional

Impreso de solicitud de ayuda para Prestaciones Complementarias

Resolución de 4 de diciembre de 2019 que actualiza parcialmente el catálogo contenido en el anexo I de la Resolución de 6 de mayo de 2008

Resolución de 4 de diciembre de 2019 (BOE 18/12/2019), por la que se actualiza la regulación de las prestaciones complementarias


MUGEJU: NUEVO IMPRESO PARA PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS



20 DE ENERO DE 2020

En la Web de la MUGEJU se ha puesto en conocimiento de los mutualistas que el impreso para la solicitud de Ayudas para Prestaciones Complementarias, se ha simplificado y actualizado.


A continuación os dejamos el enlace a el nuevo impreso que debemos utilizar para solicitar las ayudas para gafas, lentillas etc…





Accede al nuevo impreso


PUBLICADA EN LA WEB DE MUGEJU LA NUEVA REVISTA Nº  44 DE LA MUTUA JUDICIAL

Puede consultar el nuevo número de la Revista Mutuajudicial pinchando aquí.

VER ANTERIORES



Actualización de los cuadros médicos de CASER para 2020

Se ha incluido una NUEVA VERSIÓN ACTUALIZADA DE LOS CUADROS MÈDICOS DE CASER PARA 2020 QUE SUSTITUYE A LA ANTERIOR.

Se puede consultar aquí:
- Alicante
- Castellón
- Valencia


MUGEJU: DESHABITUACIÓN TABÁQUICA

Deshabituación tabáquica. Financiación de los medicamentos Champix y Zyntabac

A partir del 1 de enero de 2020 se incluye entre los fármacos financiados por el Sistema Nacional de Salud para el tratamiento de la deshabituación tabáquica los medicamentos CHAMPIX cuyo principio activo es Vareniclina y ZYNTABAC cuyo principio activo es Bupropion.
Se financian las siguientes presentaciones: CHAMPIX 0,5 mg 56 comp CN 656184, CHAMPIX 11x0.5 mg +14x1 mg + 28 x 1 mg comp CN 697864 CHAMPIX 1 mg 56 comp CN 697866 ZYNTABAC 150mg 30 comp CN 893875 ZYNTABAC 150 mg 60 comp CN 893891 Estos medicamentos están sometidos a condiciones restrictivas para su financiación que obliga a MUGEJU a establecer un control de la validación de las recetas previo a su dispensación por la oficina de farmacia comunitaria. La receta debe presentarse en la delegación provincial de MUGEJU o en los servicios centrales de la Mutualidad en el caso de la provincia de Madrid para su validación, junto con un informe médico en el que conste que el mutualista cumple con todos los siguientes requisitos: Está incluido en un programa de apoyo de deshabituación tabáquica. Ha intentado dejar de fumar al menos una vez en el último año. Es fumador de 10 o más cigarrillos al día. Tiene una dependencia mayor o igual que 7 en el test de FAGERSTRÖM. Si cumple los anteriores requisitos se validará la receta mediante el estampillado del sello de la delegación de MUGEJU. Se ha elaborado un informe médico tipo, que puede ser entregado o enviado al mutualista y que también estará disponible en la página web de MUGEJU (pestaña Impresos /prestaciones farmacéuticas).
Sólo se financia el tratamiento durante doce semanas, y un único tratamiento al año.
Archivos asociados
Informe Medico Champix y Zyntabac


ABIERTO PLAZO CAMBIO ENTIDAD MÉDICA MUGEJU

Se comunica que el período de cambio de entidad médica será desde el 1 al 31 de enero de 2020, surtiendo efectos el día 1 de febrero de 2020.

MODELO SOLICITUD CAMBIO ENTIDAD MÉDICA MUGEJU


ADENDA PRÓRROGA Y MODIFICA CONVENIO MUGEJU ZONAS RURALES GALLEGAS

Publicada resolución de 2 de enero de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publicada Adenda de prórroga y modificación al convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Gallego de Salud, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.


IMPRESOS MUGEJU

IMPRESOS MUGEJU

Impresos de solicitud MUGEJU


Descarga de Partes de Baja (PDF).
Solicitud de Talonarios de Recetas (PDF)
Solicitud de Talonarios de Partes de Baja (PDF).

Afiliación

Solicitud para la Afiliación y Variación de datos de Titulares A-1 (PDF). 
Solicitud de Afiliación de Viudos/Viudas y Huérfanos/Huérfanas A-2 (PDF).
Solicitud para la Afiliación Voluntaria (PDF).
Solicitud de Alta/Reingreso de Beneficiarios/Beneficiarias A-3 (PDF).
Solicitud de Baja de Beneficiario/a A-5 (PDF).
Solicitud de Baja de Titulares A-4 (PDF).
Solicitud de Cambio de Entidad Médica (PDF).
Solicitud de Tarjeta Individual de Afiliación (PDF).

Prestaciones sanitarias

Solicitud de alta/actualización de datos para la prestación de Asistencia Sanitaria Fuera del Territorio Nacional por destino o residencia (PDF).
Solicitud de Comisión Mixta (PDF).
Solicitud de Reintegro de gastos sanitarios fuera del territorio nacional (PDF).
Solicitud de Tarjeta Sanitaria Europea (PDF).
Solicitud de autorización de Tratamientos médicos especiales en el extranjero (PDF)

Prestaciones farmacéuticas

Solicitud de Reintegro de gastos de farmacia (PDF).
Solicitud de Visado de Recetas (PDF)
Modelo de Informe Médico para los Medicamentos y Productos Sanitarios que requieran Visado de Receta (PDF)
Modelo de Informe Medico tipo justificativo de la indicación para tratamientos con nutrición enteral domiciliaria (PDF)
Modelo de Informe Médico tipo justificativo de la indicación de tratamientos dietoterápicos en trastornos metabólicos congénitos (PDF)
Modelo de Informe Médico para visado de medicamentos indicados para técnicas de reproducción asistida de ciclos autorizados por la Entidad Médica (PDF)

Modelo de Certificado de la Entidad Médica sobre autorización con cargo a la misma de la técnica de reproducción asistida (PDF)
Modelo de solicitud de Autorización de medicamento de dispensación hospitalaria (PDF).
Modelo de justificante de Retirada de medicamentos de dispensación hospitalaria sin cupón precinto (PDF).
Modelo de Informe Medico deshabituación tabáquica

Otras prestaciones

Solicitud de ayuda del Fondo de Asistencia Social (F.A.S.) (PDF).
Solicitud de Prestación por Gran Invalidez (PDF).
Solicitud de prestación por Hijo a cargo discapacitado (PDF).
Solicitud de Prestación de Jubilación por Incapacidad Permanente (PDF).
Solicitud de subsidio por Incapacidad temporal (PDF)y Modelo 145 (PDF).
Solicitud de Subsidio de Jubilación (PDF).
Solicitud de Indemnización por Lesiones Permanentes no Invalidantes (PDF).
Solicitud de Prestación por Nacimiento o adopción de hijo (PDF).
Solicitud de ayudas económicas en los casos de Parto, Adopción y Acogimiento múltiples (PDF)
Solicitud de Ayuda para Gastos de Sepelio (PDF).
Solicitud de Ayudas del programa de atención a personas con Discapacidad (PDF)
Solicitud de ayudas del programa de atención a personas con Drogodependientes (PDF)
Solicitud de ayudas del programa de atención a personas Mayores (PDF)
Solicitud de ayuda de gastos por Hospitalización psiquiátrica (PDF).
Solicitud de ayuda por tratamiento de Psicoterapia y Logopedia (PDF).
Solicitud de ayuda para Prestaciones Complementarias (PDF).
Solicitud de ayuda derivada de la aportación económica en determinados productos ortoprotésicos (PDF).

Fondo especial

Solicitud de Auxilio por defunción (PDF).
Solicitud de Beca de estudios (PDF) .
Solicitud de Pensión de jubilación (PDF).
Solicitud de Pensión de viudedad/orfandad (PDF).


ASISTENCIA SANITARIA EN EL EXTRANJERO Y AMPLIACIÓN DEL LÍMITE DE COBERTURA DE LA PÓLIZA

CAMBIO DE COMPAÑÍA ASEGURADORA ENCARGADA DE LA PÓLIZA COLECTIVA DE ASISTENCIA SANITARIA EN EL EXTRANJERO Y AMPLIACIÓN DEL LÍMITE DE COBERTURA DE LA PÓLIZA A partir del 1 de enero de 2020 la empresa encargada de prestar asistencia sanitaria de urgencias en los desplazamientos temporales en el extranjero es SOS COMPAÑÍA DE REASEGUROS Y REASEGUROS. INSTRUCCIONES EN CASO DE SINIESTRO: El mutualista deberá contactar con la compañía por teléfono con llamada a cobro revertido, al teléfono 91.572.43.43 si llama desde el extranjero si llama desde España o al 34.91.572.43.43 si llama desde el extranjero, debiendo indicar: * Nombre y apellidos. * Número de póliza : 42546 * Dirección y número de teléfono de donde se encuentra. * Descripción del problema que tiene planteado. Alternativamente, el mutualista podrá solicitar el reembolso de los gastos dirigiéndose por escrito a SOS SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. c/ Ribera del Loira, 4-6, 28042 MADRID, aportando los siguientes documentos: * Originales de las facturas o comprobantes de los gastos reclamados. * Informe médico en el que se haga constar el diagnóstico de la enfermedad y en su caso la necesidad de ser repatriado. * Certificado de defunción y documentación que acredite el grado de parentesco con el finado para los casos de repatriación por fallecimiento de u familiar. 2. A partir del 1 de enero de 2020 la póliza de asistencia sanitaria para desplazamientos temporales en el extranjero INCREMENTA DE COBERTURA HASTA UN LÍMITE DE 30.000 EUROS POR DESPLAZAMIENTO. COMPLETA LA INFORMACIÓN AQUÍ


MUGEJU: CAMBIO DE ENTIDAD 2020

MUGEJU: CAMBIO DE ENTIDAD 2020

NOVEDAD A partir del 1 de enero de 2020 va a poder realizar en la SEDE ELECTRÓNICA de MUGEJU de forma completa y directa el CAMBIO ORDINARIO ENTRE ENTIDADES MÉDICAS PRIVADAS sin necesidad de remitirnos la solicitud. Al finalizar el trámite se le va a generar automáticamente el documento de acreditación de alta en el que constará la nueva entidad médica a la que se ha adscrito. Con esta acreditación podrá hacer uso (hasta que la nueva entidad le remita la tarjeta sanitaria a su domicilio) de los servicios médicos de la entidad médica por la que haya optado a partir del 1 de febrero del año en curso. CAMBIO ORDINARIO: Los mutualistas y las mutualistas pueden realizar un cambio ordinario de entidad médica todos los años, durante el mes de enero, POR UNA SOLA VEZ. PLAZO DE PRESENTACIÓN: Del 1 al 31 de enero de cada año. FORMAS DE PRESENTACIÓN: ON LINE: Para la realización de este trámite online deberá estar dado de alta como mutualista de la Mutualidad General Judicial. La identificación se hará a través del sistema Cl@ve para lo cual deberá estar dado de alta en dicha plataforma o bien disponer de dni-electrónico o de uno de los certificados digitales admitidos por la sede electrónica. Consulte los requisitos técnicos de acceso a los trámites online. PRESENCIAL: en los Servicios Centrales y Delegaciones provinciales de Mugeju, así como en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. FECHA DE EFECTOS: El cambio ordinario de entidad médica surte efectos a partir del día 1 de febrero del año en curso. MODELO DE PRESENTACIÓN: Debe presentar el modelo de Solicitud de Cambio de Entidad Médica DEBIDAMENTE CUMPLIMENTADO Y FIRMADO, marcando la casilla de CAMBIO ORDINARIO.

Más información:
Iniciar trámite online para el cambio ordinario de entidad médica
Información sobre el cambio de entidad médica en la sede de la Mutualidad General Judicial
Vídeo del cambio de entidad médica: online en la sede de la Mutualidad General Judicial
Servicios Centrales: información, horarios y datos de contacto
Delegaciones Provinciales: información y datos de contacto


AYUDAS PROGRAMAS PLAN DE ATENCIÓN SOCIO-SANITARIOS PARA EL 2020 DE LA MUGEJU

Publicada resolución de 4 de diciembre de 2019 en el BOE por la que se aprueba las ayudas de los Programas del Plan de Atención Socio Sanitaria para 2020.


MUGEJU: Campaña vacunación frente a la gripe 2019-2020

Como en años anteriores, la campaña de vacunación contra la gripe va destinada a los grupos de riesgo que determinan las autoridades sanitarias competentes en cada Comunidad Autónoma y el INGESA en Ceuta y Melilla.

ACCESO A LA VACUNACIÓN

MUTUALISTAS Y BENEFICIARIOS ADSCRITOS A LOS SISTEMAS PÚBLICOS DE SALUD DE LAS CCAA O AL INGESA

Deberán dirigirse a su médico de atención primaria o pediatra que le informará si forma o no parte de los grupos de riesgo y, en su caso, del procedimiento para la administración de la vacuna.

MUTUALISTAS Y BENEFICIARIOS ADSCRITOS A LAS ENTIDADES MÉDICAS (EEMM)

La campaña de vacunación frente a la gripe está incluida en el concierto de asistencia sanitaria por lo que debe ser cubierta por la Entidad Médica.

Los grupos de riesgos son de los mismos que determinen las autoridades sanitarias competentes en cada Comunidad Autónoma y el INGESA.

En los supuestos de mutualistas adscritos a una Entidad Médica, esta deberá gestionar la forma en que va a hacer efectiva esta vacunación, con sus medios o con los medios concertados de que disponga.

El mutualista debe contactar con la Entidad Médica a través del teléfono de información que consta en su tarjeta, para que se le indique, en su caso, el procedimiento a seguir para la administración de la vacuna.

En esta campaña de vacunación, ninguna de las vacunas antigripales disponibles en las oficinas de farmacia son financiadas por el Sistema Nacional de Salud ni por MUGEJU, por lo que no pueden prescribirse en recetas oficiales de MUGEJU, para su dispensación en las oficinas de farmacias con cargo a la Mutualidad.

Puede obtener más información en los siguientes enlaces: PULSA AQUÍ